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La confección del anteproyecto del plan anual y/o
plurianual de la inversión pública directa
o indirecta y su posterior ejecución.
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La realización y conservación de las obras
públicas por sí y en complementación
con los Municipios y con otros organismos, tales como Consorcios,
Cooperativas, Cooperadoras y otras instituciones similares.
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La asistencia técnica y acuerdos con Municipios,
Cooperativas y Cooperadoras relacionados con las obras
públicas, a los fines de una mayor eficiencia y
descentralización operativa.
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El estudio, elaboración y propuesta de actualización
de la legislación referida a las obras públicas.
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La gestión, por sí y en coordinación
con otras áreas de gobierno, para la consecución
del financiamiento público o privado, relacionado
con la concesión o ejecución obras públicas.
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Coordinar con entes del Gobierno Provincial o Nacional
para la ejecución de obras mediante convenios.
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Fiscalizar y velar el cumplimiento de las normas referidas
al planeamiento del desarrollo urbano y las obras privadas.
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Control de ejecución de las obras privadas en el ámbito
del Municipio.
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Control de ejecución de obras de infraestructura
en el desarrollo urbano de la ciudad, ya sean ejecutadas
por sí o por terceros.
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Fijar las pautas de planeamiento del desarrollo de las
distintas áreas de la ciudad en procura de una optimización
del hábitat y mejor aprovechamiento de los recursos
y ejecución de obras.