Paso 1 — Actividad/es y facturación mensual
Podés agregar una o más actividades con su facturación individual. La Ord. 48/25 evalúa el total acumulado.
Paso 2 — Datos de presencia territorial (Art. 5° Ord. 48/25)
El tope máximo se calcula combinando empleados + m² de oficina + m² de depósito.
Detalle – Artículo 4° (OIM + Ord. 48/25)
Detalle – Artículo 5° (tope polinómico)
Si tu facturación mensual supera los 15 millones de UTM ($1.500M), podés acceder a 1 año de exención total. Superando 40 millones de UTM ($4.000M) son 2 años. Inversiones mayores a USD 5M suman hasta 3 años adicionales. Máximo acumulable: 5 años (Art. 6° y 7° Ord. 48/25). Con mínimo 200 empleados locales (25% de Villa Allende): 1 año adicional (Art. 7°).
Los montos finales dependen de la DDJJ presentada y de la UTM actualizada trimestralmente por IPC-INDEC.
Consultas: www.villaallende.gov.ar | Intendente: Cr. Pablo Cornet | Sec. Economía y Finanzas: Cra. Natalia Monti
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En breve el equipo de la Municipalidad de Villa Allende se comunicará con vos.
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