Villa Allende es el lugar donde tu empresa crece sin frenos.
Un régimen histórico de estabilidad fiscal, incentivos impositivos y simplificación tributaria para empresas que eligen invertir, crecer y quedarse en Villa Allende.
Innovación tributaria
Unidad Tributaria Municipal
$100 valor UTM inicial
Sistema de cálculo de tasas más previsible y transparente. Una sola unidad de referencia elimina la ambigüedad tributaria.
Estabilidad fiscal garantizada
15 Años
Seguridad jurídica para reinvertir. Los beneficios no se modifican durante el período comprometido.
Exención edificación
100 %
Bonificación máxima en derechos de edificación desde u$s 1 millón invertido.
Gestión eficiente. Ord. 48/25
Grupo Económico: burocracia eliminada
Las unidades de decisión comunes actúan bajo un régimen unificado y simplificado, sin tasas adicionales innecesarias.
- Las tasas son contraprestación de servicios, no un freno al desarrollo
- Declaración jurada anual para mantener beneficios
- Compromiso de permanencia equivalente al doble del tiempo de exención
Descuentos en automotores
Flotas empresariales
Descuento sobre la contribución de automotores. Escala automáticamente según el tamaño de la flota.
Control de costos · Sistema de topes
Topes mensuales basados en tres variables
Empleados
Oficinas
Depósito
Hacé como MercadoLibre y vení a invertir en Villa Allende
Calculá tu carga tributaria según la Ordenanza N° 48/25 y la OIM 2026. El sistema aplica automáticamente el régimen que más te beneficia.
15 años
Estabilidad fiscal
0,65%
Alícuota general 2026
5 años
Exención máxima
Ord. 48/25
Incentivos grandes inversores
Estimador de carga tributaria mensual
Ingresá la facturación, actividad/es, empleados y m² para calcular la Tasa de Comercio e Industria. El sistema calcula el Art. 4° (alícuota OIM con beneficios de la Ord. 48/25) y el Art. 5° (tope polinómico) y determina cuál aplicar.
Paso 1 — Actividad/es y facturación mensual
Podés agregar una o más actividades con su facturación individual. La Ord. 48/25 evalúa el total acumulado.
Paso 2 — Datos de presencia territorial (Art. 5° Ord. 48/25)
El tope máximo se calcula combinando empleados + m² de oficina + m² de depósito.
Detalle – Artículo 4° (OIM + Ord. 48/25)
Detalle – Artículo 5° (tope polinómico)
Si tu facturación mensual supera los 15 millones de UTM ($1.500M), podés acceder a 1 año de exención total. Superando 40 millones de UTM ($4.000M) son 2 años. Inversiones mayores a USD 5M suman hasta 3 años adicionales. Máximo acumulable: 5 años (Art. 6° y 7° Ord. 48/25). Con mínimo 200 empleados locales (25% de Villa Allende): 1 año adicional (Art. 7°).
Los montos finales dependen de la DDJJ presentada y de la UTM actualizada trimestralmente por IPC-INDEC.
Consultas: www.villaallende.gov.ar | Intendente: Cr. Pablo Cornet | Sec. Economía y Finanzas: Cra. Natalia Monti
Beneficios según tu situación
Nuevos porcentajes decrecientes en la Tasa de Comercio e Industria según el volumen de facturación.
Hasta 25% de descuentoSistema innovador basado en cantidad de empleados, m² de oficina y m² de depósito. Evita que la tasa castigue la eficiencia operativa.
3 variables que te protegenFlotas de más de 40 vehículos obtienen descuento, escalando hasta el 75% para flotas superiores a 75 vehículos.
25% → 75% según flotaLos beneficios otorgados brindan la seguridad jurídica necesaria para reinvertir en la ciudad sin incertidumbre.
15 años de certezaNuevas empresas con facturación promedio superior a 15 millones de UTM acceden a 1 año de exención en la Tasa de Comercio e Industria.
2 años si superan 40M de UTMQuienes inviertan en inmuebles comerciales u oficinas podrán recibir bonificaciones en los Derechos de Edificación desde u$s 1 millón.
33.4% hasta 100% de bonificaciónInversiones superiores a u$s 5 millones en bienes de capital o inmuebles otorgan 1 año adicional de exención.
+6 meses por cada u$s 2,5M adicionalesLa exención puede acumularse hasta un tope de 3 años sumando los diferentes incentivos disponibles por nivel de inversión.
Hasta 3 años totalesEmpresas con más de 200 empleados que garanticen que al menos el 25% de su nómina reside en Villa Allende acceden a beneficio extra.
1 año extra de exenciónEl compromiso de permanencia en la ciudad equivale al doble del tiempo de exención obtenido. Vínculo bilateral ciudad–empresa.
Compromiso bilateralPara mantener los beneficios del régimen, los contribuyentes deben presentar una declaración jurada anual ante el municipio.
Proceso transparente y verificablePreguntas frecuentes
La UTM es la nueva unidad de cálculo establecida por la Ordenanza Nº 48/25, fijada inicialmente en $100. Garantiza un sistema de tasas más previsible y transparente, eliminando la arbitrariedad en la determinación de cargas tributarias municipales.
El sistema de topes mensuales se basa en tres variables objetivas: cantidad de empleados, metros cuadrados de oficina y metros cuadrados de depósito. Este mecanismo evita que la Tasa de Comercio e Industria castigue a quienes operan con mayor eficiencia.
El régimen incorpora el concepto de Grupo Económico para facilitar que unidades de decisión comunes actúen bajo un régimen simplificado, eliminando burocracia y tasas adicionales innecesarias para grupos empresariales con múltiples unidades operativas en Villa Allende.
El compromiso de permanencia en la ciudad equivale al doble del tiempo de exención obtenido. La declaración jurada anual es el mecanismo de seguimiento y verificación del cumplimiento de estas condiciones ante el municipio.
¿Tu empresa está lista para crecer en Villa Allende?
Consultá con la Municipalidad las condiciones específicas para tu actividad bajo la Ordenanza Nº 48/25 y comenzá a planificar tu radicación o expansión con certeza fiscal.